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La regionalización agropecuaria del Estado de Querétaro se deriva de la Ley de Distritos de Desarrollo Rural (1988), que determina formas los Distritos de Desarrollo Rural como zonas con características ecológicas y socio-económicas homogéneas para la actividad agropecuaria, forestal, de las agroindustrias y de acuacultura bajo condiciones de riego, de drenaje y de temporal con objeto de planear, fomentar y promover el Desarrollo Rural Integral (art. 7). Para efectuar esta regionalización se consideró la división política municipal, la subregionalización establecida por el Comité Estatal para la Planeación del Desarrollo, las condiciones agroecológicas y agroeconómicas municipales, el uso del suelo, la infraestructura de irrigación y drenaje así como las vías de comunicación e infraestructura de apoyo. Estas regiones son entonces unidades de desarrollo económico y social circunscritas a un espacio territorial, para articular y dar coherencia a las políticas de desarrollo rural (art. 6). |
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El estado de Querétaro se clasifica en cuatro regiones agropecuarias:
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